San Cristóbal, RD. Dentro de las motivaciones de la juez suplente de la Oficina Judicial de Atención Permanente del Departamento Judicial de San Cristóbal, Miolany Herasme Morillo, para no acoger la solicitud del Ministerio Público de imponer un año de prisión preventiva como medida de coerción a Edward Armando Vidal Garrido, dueño de Vidal Plast, está la pena que establece el Código Penal en caso de homicidio involuntario.
La magistrada expresó que sería desproporcional en comparación con el tipo penal que se le acusa, “el cual es homicidio involuntario, y este va de 3 meses a 2 años de prisión, por lo que, imponer una prisión preventiva sería hacer que cumpla la pena anticipadamente”.
Contra Vidal Garrido, la magistrada impuso el pago de 300 mil pesos en efectivo y el uso de un grillete electrónico. Mientras que contra su esposa, Maribel Sandoval Almánzar y su hija, Mercedes Altagracia Vidal Sandoval, la magistrada determinó que ambas deberán pagar una garantía económica ascendente a un millón pesos a través de una compañía aseguradora.