Santo Domingo, RD. La directora de Comunicación y vocera de la Presidencia, Milagros Germán, aclaró algunos puntos relacionados a las nuevas medidas dispuestas en el decreto 698-20 y que han generado confusión entre la ciudadanía.
Durante una rueda de prensa en el salón verde del Palacio Nacional, Germán, acompañada del consultor jurídico, Antoliano Peralta, explicó que ahora el país tiene dos horarios diferentes de toque de queda dependiendo la localidad.
Dijo que por un lado, en el Distrito Nacional y las provincias Santo Domingo, Santiago, Duarte, La Vega y Puerto Plata este aplica todos los días de 7:00 p.m. a 5:00 a.m
Mientras que en el resto del país, este aplica de lunes a viernes de 9:00 p.m. a 5:00 a.m. y los sábados, domingos y días feriados de 7:00 p.m. a 5:00 a.m.
La funcionaria especificó que «en estos horarios que hemos indicado, comienzan a aplicar todas las restricciones propias del toque de queda, incluyendo el cierre de los espacios públicos, con la única excepción de que aquellos días y lugares en los que el toque de queda comienza a las 7:00 p.m».
Enfatizó que en los lugares que el toque de queda inicia a las 7:00 de la noche se ha otorgado una gracia de dos horas, es decir, hasta las 9:00 p.m. «con el propósito exclusivo de que las personas puedan trasladarse tranquilamente hacia sus hogares, sin la angustia de que serán detenidos por razones ajenas a su voluntad, como los taponamientos que suelen hacerse en horas cercanas al toque de queda».
Respecto a la reunión de personas, se ha prohibido que en espacios públicos y espacios privados de uso público, se aglomeren más de 10 personas, «esto quiere decir que en dichos espacios pueden coincidir más de 10 personas a la vez, pero estas no podrán juntarse en grupos mayores a dicha cantidad, como ocurriría en una plaza comercial, una estación de transporte o un parque».
Igual restricción aplica para establecimientos como restaurantes y bares, en donde las mesas no podrán estar ocupadas por más de 10 personas y siempre respetándose los protocolos sanitarios del sector como, por ejemplo, no sobrepasar el 70% de la capacidad total del local.
Enfatizó que continúan vigentes las excepciones de circulación fuera del horario del toque de queda a médicos y enfermeros y demás personal sanitario.
Además la relativa a pasajeros internacionales que se dirigen o regresan del aeropuerto y operadores de vehículos dedicados a la distribución de alimentos, insumos, combustibles y otros productos esenciales, entre otros casos que pueden verse detallados en el artículo 4 del decreto núm. 698-20.